Contabilidad de los efectos a cobrar

En esta parte, se trata la Contabilidad de los Efectos a cobrar y empezaremos clasificando los efectos comerciales y desarrollando la contabilidad de los efectos comerciales en cartera.

Un efecto comercial es un documento mercantil de fácil transmisión generado en las operaciones comerciales, tales como ventas de bienes, ejecuciones de obras o prestaciones de servicios, por el cual una persona, denominado librador del efecto, manda u ordena pagar a otra, denominada librado, en una fecha concreta, una determinada cantidad de dinero a la orden de un tercero denominado tomador o tenedor del efecto.
Incorpora un derecho de crédito a favor de su tenedor, y una obligación de pago a cargo del deudor que lo libra denominado librado.

Las situaciones en las que los efectos comerciales a cobrar se pueden encontrar son:

1. EFECTOS COMERCIALES EN CARTERA,
2. EFECTOS COMERCIALES IMPAGADOS,
3. EFECTOS COMERCIALES DESCONTADOS , y
4. EFECTOS COMERCIALES EN GESTIÓN DE COBRO.

En esta clase estudiaremos lo referente a los efectos comerciales en cartera.

Los efectos comerciales en cartera son aquellos derechos de cobro por operaciones comerciales documentados en efectos de giro que la empresa posee y se encuentran a la espera de su vencimiento para ser cobrados.

Clasificaremos un crédito comercial en la cuenta Efectos comerciales en cartera cuando estos son aceptados por el cliente, bien en el momento de la entrega, o, si en con posterioridad a la entrega, reclasificando el crédito comercial.

Al vencimiento de los efectos cuando se produzca el pago por parte de los clientes cargaremos en la cuenta Bancos por el importe cobrado y daremos de baja el mismo importe en la cuenta Efectos comerciales en cartera.

Veamos un supuesto práctico:

1. Una empresa realiza una venta de mercaderías por importe de 3.000 euros a crédito. El iba es del 21%.
2. Posteriormente el cliente acepta efectos por el importe total de crédito.
3. Llegado en vencimiento de los efectos, el banco comunica a la empresa que éstos has sido atendidos por el cliente.

Por la venta de mercaderías a crédito haremos un asiento anotando en el debe en Clientes por el importe de la venta iba incluido, 3.630 euros, y en el haber en Ventas de mercaderías por 3.000 euros, y en Hacienda Pública, iba repercutido por 630 euros.

Cuando el cliente de la venta anterior acepta efectos por el importe del crédito, reflejaremos la nueva situación del crédito del cliente dando de alta, mediante un cargo en la cuenta Efectos comerciales en cartera, y de baja, mediante un abono, la cuenta Clientes por 3.630 euros.

Al vencimiento de los efectos, por el cobro de éstos, cargaremos en Bancos el importe cobrado, y abonaremos en Efectos comerciales en cartera en importe cobrado 3.630 euros.

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